Sistema
institucional: CIC
El
Comité Intergubernamental
Coordinador de los Países de la Cuenca
del Plata (CIC) es el órgano ejecutivo
del Sistema de la Cuenca del Plata, integrado
por Argentina, Bolivia, Brasil, Paraguay y Uruguay.
Nuestra Dirección:
Comité Intergubernamental
Coordinador de los Países de la Cuenca
del Plata (CIC)
Paraguay 755, Piso 2°
C1057AAI - Buenos Aires - Argentina
Teléfonos/Fax: 4312-2506/2272
Correo electrónico:
secretaria@cicplata.org
La
Cuenca del Plata
es un vasto
Sistema,
de aproximadamente 3.100.000 kilómetros
cuadrados, que constituye una de las reservas
hídricas más importantes del globo,
no sólo por el caudal de los ríos
que desaguan en el De la Plata, sino por la diversidad
biológica del área y por la riqueza
de los territorios que éstos bañan.
A los efectos de un mejor y más racional
aprovechamiento de esos recursos, y del desarrollo
sustentable de ellos, en 1969 los Gobiernos de
los cinco países mencionados firmaron el
Tratado
de la Cuenca del Plata.
Este Tratado, suscripto en circunstancias políticas
regionales y universales muy diferentes de las
actuales, además de sus méritos
intrínsecos que lo convierten en la piedra
angular de la integración física
regional, puede ser considerado como precursor,
tanto en materia de preservación del medio
ambiente como en la generación de una infraestructura
y comunicaciones acordes con lo que, más
de dos décadas después, sería
MERCOSUR.
El mencionado Tratado y los instrumentos internacionales
que derivaron de él, crearon y dieron funciones
y competencia a los distintos órganos u
organismos del Sistema: Reunión de Cancilleres;
Comité Intergubernamental Coordinador de
los Países de la Cuenca del Plata (CIC);
FONPLATA; Comité de la Hidrovía
Paraná-Paraguay; Acuífero Guaraní;
Comisiones hídricas bi y trinacionales,
etc.
Las
funciones del CIC,
en líneas generales, están determinadas
en el Art. III del Tratado, donde es "reconocido
como el órgano permanente de la Cuenca,
encargado de promover, coordinar y seguir la marcha
de las acciones multinacionales que tengan por
objeto el desarrollo integrado de la Cuenca del
Plata, y de la asistencia técnica y financiera
que organice con el apoyo de los organismos internacionales
que estime conveniente, y ejecutar las decisiones
que adopten los Ministros de Relaciones Exteriores".
En el
Estatuto
del CIC, suscripto en diciembre de 2001, se estipulan
las Finalidades y Atribuciones –en el Capítulo
I y III, respectivamente.
El CIC está integrado por
Representantes
de cada uno de los países miembros, con
plenipotencias necesarias para tomar decisiones
que comprometan a los Estados; dichos Representantes
encabezan las
Representaciones,
que están compuestas, además, por
los
Representantes Especialistas
(técnicos) y otros funcionarios políticos.
El CIC en pleno se reúne al menos dos veces
por año, a efectos de considerar los asuntos
establecidos en el Art. 14 de su Reglamento, así
como para convocar a las
Reuniones
de Cancilleres – organismo que da
las directivas básicas para los programas
y acciones a desarrollarse en el período
siguiente.
Con carácter permanente funcionan: un cuerpo
colegiado integrado por los
Representantes
Residentes – artículo 1, inf.
F del Reglamento -, cuyas funciones están
establecidas en el Art. 24 del
Reglamento,
y la
Secretaría General.
El
Secretario General del
CIC, designado por rotación alfabética
de los países respecto de su nacionalidad,
pero teniendo en cuenta especialmente su idoneidad
técnico-administrativa para desempeñar
el cargo, tiene dos grandes áreas de competencia:
ser Secretario de la Reunión de Cancilleres
(Art. 6, parágrafo único del Reglamento),
y representar y coordinar las acciones que se
desarrollen en el Sistema, de acuerdo a lo establecido
en el Art. 11 del Reglamento.
Fuente:
www.cicplata.org